Tu intervención en el procedimiento podría configurar un conflicto de interés (art. 23 Ley 40/2015), por lo que deberás abstenerte de intervenir en el procedimiento y comunicarlo a tu superior inmediato. Esta conclusión puede variar si formas parte de un órgano colegiado. El incumplimiento del deber de abstención puede ser considerado falta disciplinaria.