En principio, no existe conflicto de intereses y tampoco hay situación de incompatibilidad
Recuerda que el incumplimiento de las normas de incompatibilidades o de las que regulan las declaraciones de actividades e intereses, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/1996, de 19 de noviembre (art. 27 de la Ley 19/2013 de Transparencia y Buen Gobierno).